Vender sin agente

Cómo vender tu casa sin agente en Mexico

Puedes vender tu casa en México sin un agente inmobiliario o corredor. Lo que no puedes omitir es el notario público: solo un notario designado por el estado puede formalizar la escritura de traslado de dominio (escritura pública) e inscribirla en el Registro Público de la Propiedad del estado correspondiente. El comprador paga el impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISAI o ISABI); tú como vendedor pagas el impuesto sobre la renta (ISR) sobre la ganancia, aunque existe una exención por casa habitación bajo ciertas condiciones.

Español

Mexico Por Diego Herrera. Última revisión June 10, 2026, verificado por Daniel Reyes

Qué cambia aquí

Qué tiene de particular vender en Mexico

Vender por cuenta propia
Vender sin un agente inmobiliario está completamente permitido; vender de propietario a comprador se conoce localmente como vender en trato directo (también venta por el propietario o de dueño directo). El profesional que genuinamente no puedes omitir es el notario público, un abogado senior designado por el gobierno del estado, quien por ley redacta y formaliza la escritura pública y tramita su inscripción. Contratar a un agente inmobiliario es opcional, y las comisiones no están reguladas por ley: suelen ir del 3% al 7% del precio de venta, con frecuencia cotizadas como una base más IVA al 16%. Gestionar la documentación y los trámites de registro a nivel estatal por tu cuenta añade trabajo, pero México deja el camino claro: el notario público se encarga de la escritura y la inscripción, tú reúnes el título, los recibos fiscales y el avalúo, y la guía de venta por el propietario de PROFECO detalla exactamente qué espera cada estado.
Profesional requerido
Notario público (obligatorio). El notario público es obligatorio. A diferencia de un abogado común, el notario es un funcionario jurídico senior designado por el estado que formaliza la escritura pública, recauda los impuestos aplicables en nombre de las autoridades y presenta la escritura ante el Registro Público de la Propiedad. Sin el notario, el cambio de propietario no tiene efecto legal.
Registro de la propiedad
Registro Público de la Propiedad. Cada estado de México tiene su propio Registro Público de la Propiedad. Una vez que el notario formaliza la escritura pública, la presenta ante el registro estatal correspondiente. La inscripción es lo que hace oficial y pública la transmisión de la propiedad.
Certificado energético
No se requiere certificado energético para vender.
Cómo se aplican las normas locales
país > estado > ciudad

El proceso

Cómo vender tu casa en Mexico, paso a paso

  1. Reúne tus documentos de propiedad. Recopila tu escritura pública vigente inscrita en el Registro Público de la Propiedad, los recibos del predial recientes de al menos los últimos cinco años, la comprobación de que el agua y los servicios están al corriente, tu acta de matrimonio si el inmueble se adquirió estando casado y, si el inmueble está en condominio, el reglamento de condominio más una constancia de no adeudo. La guía de venta por el propietario de PROFECO ('Cómo vender tu casa o departamento') también enumera la identificación oficial y un croquis de ubicación. Tu notario te confirmará exactamente cuáles documentos requiere tu estado.
  2. Libera gravámenes y confirma que la escritura coincide con el catastro. Obtén un certificado de libertad de gravamen reciente de tu Registro Público de la Propiedad estatal (por lo general unos cuantos cientos de pesos, expedido en pocos días) para confirmar que no hay hipotecas, gravámenes ni cargas, y verifica que la escritura coincida con los registros del catastro antes de publicar. Un gravamen oculto, un recibo del predial sin pagar o una escritura que no coincida con los registros catastrales es lo que detiene o anula una venta, así que aclararlo desde el inicio es lo que evita que se prolongue la debida diligencia del notario.
  3. Fija el precio del inmueble. Investiga ventas comparables recientes mediante portales como Inmuebles24, Propiedades.com o Lamudi. Establece un precio de venta realista. El notario calcula los impuestos sobre la más alta de tres cifras, el precio acordado, el valor catastral (catastro) y el avalúo, por lo que un precio muy alejado del avalúo o del valor catastral puede cambiar tu factura fiscal y complicar el proceso.
  4. Solicita un avalúo oficial. Se requiere un avalúo oficial elaborado por un perito valuador certificado y reconocido por la autoridad local del predial para el proceso de escrituración, y por lo general tiene una vigencia de unos seis meses. El notario lo utiliza junto con el precio acordado y el valor catastral para calcular el ISAI y el ISR. Presupuesta algunos miles de pesos según el tamaño del inmueble y la ciudad. Si el comprador se financia, el banco encargará su propio avalúo por separado a un valuador de su lista.
  5. Publica y promueve el inmueble. Publica en más de un canal: Inmuebles24 (alrededor de 6.2 millones de visitas mensuales), Propiedades.com, Lamudi y Mercado Libre Inmuebles permiten que los propietarios publiquen directamente, y Mercado Libre es una vía común sin intermediarios. Los primeros lugares en los grandes portales son espacios pagados de agentes, por lo que un anuncio particular gratuito puede quedar en posiciones bajas; contrarréstalo con buenas fotos, la superficie construida y el tamaño del terreno en metros cuadrados, y compartiendo el anuncio en grupos locales de vecinos y de redes sociales donde buscan los compradores directos. La promoción pagada es opcional y puede posicionar un anuncio por encima de los espacios de agentes.
  6. Muestra el inmueble y negocia ofertas. Realiza tus propias visitas, responde las preguntas de los compradores y negocia las condiciones. En la legislación federal mexicana no existe un periodo de desistimiento para compradores privados de inmuebles, por lo que todos los términos deben quedar fijados antes de firmar cualquier documento. Filtra cuidadosamente a los compradores y nunca firmes ningún documento sin antes pedir consejo a tu notario.
  7. Firma un contrato privado de compraventa. Una vez que encuentres comprador, firma un contrato privado de compraventa, normalmente con un depósito del 10%. Registra el precio acordado, el depósito, las condiciones (como estar sujeto a la aprobación de un crédito hipotecario), el plazo de cierre y las penalizaciones por pérdida del depósito: por lo general conservas el depósito si el comprador se retira sin causa, y devuelves el doble si tú te retiras. Este no es la escritura formal y no transmite la propiedad, pero genera obligaciones vinculantes. PROFECO advierte que no puede mediar disputas entre particulares por incumplimiento o falta de pago, así que pide a un notario o abogado que te asesore sobre los términos estándar antes de firmar.
  8. Designa al notario público. Cualquiera de las partes puede elegir al notario; en la práctica el comprador suele seleccionarlo porque asume la mayor parte de los gastos de cierre, pero es negociable y puedes proponer el tuyo. Confirma la elección con anticipación, idealmente antes de firmar el contrato privado de compraventa, para que el notario pueda indicarte qué documentos requiere tu estado y comenzar la debida diligencia. El notario verifica la capacidad legal, obtiene el certificado de libertad de gravamen, solicita el avalúo y prepara la escritura pública. Los honorarios del notario están fijados por el arancel de cada estado, por lo que están regulados y no son libremente negociables.
  9. Formaliza la escritura pública. Ambas partes comparecen ante el notario para firmar la escritura pública. El notario confirma que los fondos estén liquidados antes de que se transmita la propiedad, y luego recauda los impuestos aplicables, incluido el ISAI del comprador y una retención provisional del ISR a tu cargo como vendedor (salvo que califiques para la exención por casa habitación). Recibe el depósito y el saldo mediante transferencia bancaria rastreable, no en efectivo. El precio total de la compraventa se liquida en esta etapa.
  10. Inscribe la escritura en el Registro Público de la Propiedad. Tras la firma, el notario presenta la escritura pública ante el Registro Público de la Propiedad del estado. La inscripción es lo que hace jurídicamente oponible frente a terceros la nueva titularidad y por lo común tarda de una a cuatro semanas según el estado. El notario da seguimiento a este trámite y entrega la escritura inscrita al comprador.

Trámites

Documentos necesarios para la venta

  • Escritura pública vigente que acredite tu propiedad, inscrita en el Registro Público de la Propiedad
  • Certificado de libertad de gravamen expedido por el registro estatal
  • Recibos del predial recientes, por lo general de los últimos cinco años
  • Comprobantes de pago de agua, luz y gas al corriente (recibos de agua, luz, gas), de alrededor de dos años
  • Acta de matrimonio si el inmueble se adquirió estando casado
  • Reglamento de condominio y una constancia de no adeudo si el inmueble está en condominio
  • Avalúo oficial emitido por un perito valuador certificado
  • Identificación oficial (credencial del INE o pasaporte) de ambas partes
  • Croquis o plano de ubicación del inmueble
  • Contrato privado de compraventa firmado antes de la escritura

El dinero

Impuestos y gastos de la venta

Impuesto o gasto Lo que debes saber
Impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISAI o ISABI) - lo paga el COMPRADOR El comprador paga el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), llamado también ISABI en algunos estados. Es un impuesto estatal o municipal, por lo general del 2% a aproximadamente 4.5% de la cifra más alta entre el precio de venta, el valor catastral o el avalúo, y el notario lo calcula y recauda al momento del cierre. Varios estados, incluida la Ciudad de México, aplican una tarifa progresiva que aumenta con el valor del inmueble en lugar de una tasa fija; la CDMX reformó su Código Fiscal con efecto a partir del 1 de enero de 2025. Confirma el tramo exacto con el notario o la autoridad fiscal estatal (en la CDMX, el portal OVICA en finanzas.cdmx.gob.mx).
Impuesto sobre la renta por la ganancia (ISR) - lo paga el VENDEDOR El vendedor paga el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre la ganancia de capital. El notario efectúa una retención provisional al cierre y emite un comprobante fiscal, y tú reconcilias cualquier diferencia (o devolución) en tu declaración anual ante el SAT. La exención por casa habitación aplica cuando la ganancia no supera 700,000 UDIs (alrededor de 5.4 millones de pesos en 2025, indexadas a la inflación a través de la UDI de Banxico), el inmueble se formaliza ante notario y no has utilizado la exención en los tres ejercicios fiscales anteriores. Debes acreditar tu residencia con tu credencial del INE y recibos de servicios a tu nombre en el domicilio. Si podrías superar el tope o si fuiste propietario del inmueble por poco tiempo, pide al notario que calcule el ISR provisional por adelantado para que la cifra neta no sea una sorpresa.
Honorarios del notario (gastos notariales) Los honorarios propios del notario suelen ser de aproximadamente entre el 1% y el 2% del valor de la operación, regulados por el arancel de cada estado. Los costos totales de escrituración (honorarios del notario más el ISAI, los derechos de inscripción en el registro y los certificados en conjunto) por lo común van de alrededor del 4% al 7% del valor del inmueble según el estado, y aproximadamente el 85% corresponde a impuestos, derechos e inscripción en el registro y cerca del 15% al servicio del notario. Estos costos generalmente los asume el comprador, pero son negociables.
Costo del avalúo (avalúo oficial) Se requiere un avalúo elaborado por un perito valuador certificado para la escrituración y por lo general tiene una vigencia de unos seis meses. El costo varía según el tamaño del inmueble y la ciudad; presupuesta algunos miles de pesos. El notario utiliza el avalúo junto con el precio acordado y el valor catastral para calcular el ISAI y el ISR.

Los tipos y límites pueden cambiar. Confirma las cifras actuales con las fuentes oficiales al final de esta página antes de utilizarlas.

Preguntas frecuentes

¿Puedo vender mi casa en México sin agente inmobiliario?

Sí. Un agente inmobiliario o corredor es completamente opcional, y la venta de propietario a comprador se conoce localmente como vender en trato directo. Un notario público es el profesional obligatorio: un abogado senior designado por el estado que por ley debe redactar y formalizar la escritura pública (la escritura de traslado de dominio) y presentarla ante el Registro Público de la Propiedad estatal. Las comisiones típicas de agentes inmobiliarios en México no están reguladas por ley y comúnmente oscilan entre el 3% y el 7% del precio de venta más IVA (al 16%), por lo que vender sin agente una propiedad de 3 millones de pesos te ahorra aproximadamente de 140,000 a 232,000 pesos. Tú te encargas de fijar el precio, publicar el anuncio y mostrar la propiedad. Inmuebles24, Lamudi y Mercado Libre Inmuebles aceptan anuncios de vendedores directos sin costo, con opciones de mejora pagada para aumentar la visibilidad.

¿El notario público es realmente obligatorio y quién lo elige?

Sí, absolutamente obligatorio. Conforme a la ley mexicana, una transmisión de propiedad inmobiliaria solo tiene efecto legal cuando se formaliza como escritura pública ante un notario público y se inscribe en el Registro Público de la Propiedad del estado. Ningún contrato privado entre comprador y vendedor, por detallado que sea, sustituye este paso. Los notarios son abogados senior habilitados y designados por el gobierno del estado, no cualquier abogado. Cualquiera de las partes puede elegir al notario; en la práctica, los compradores suelen seleccionarlo porque asumen la mayor parte de los gastos de cierre, pero esto es negociable. Espera honorarios del notario de aproximadamente entre el 1% y el 2% del valor de la operación, regulados por el arancel de cada estado, más los costos de inscripción. Designa al notario con anticipación, idealmente antes de firmar cualquier acuerdo privado, para que pueda confirmar qué documentos requiere específicamente tu estado.

¿Quién paga cada impuesto en el cierre y cuánto?

Se recaudan dos impuestos al firmar la escritura. Primero, el comprador paga el ISAI (Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles), llamado también ISABI en algunos estados. Es un impuesto estatal o municipal; las tasas varían según el estado y típicamente se sitúan entre el 2% y el 4.5% del valor del inmueble, calculado sobre la cifra más alta: el precio de venta acordado, el valor catastral o el avalúo. Varios estados, incluida la Ciudad de México, aplican una tarifa progresiva que aumenta con el valor en lugar de una tasa fija. Segundo, el vendedor paga el ISR (Impuesto Sobre la Renta) sobre la ganancia de capital. El notario efectúa una retención provisional del ISR al cierre y te emite un comprobante fiscal. Si la ganancia supera la retención, liquidas la diferencia al presentar tu declaración anual ante el SAT. Si pagaste de más, el SAT te devuelve el saldo. El notario realiza ambos cálculos y recauda los montos directamente.

¿Puedo evitar pagar el ISR (impuesto sobre la renta) por la venta de mi casa?

Sí, si cumples las cuatro condiciones para la exención por casa habitación bajo la ley del ISR. El inmueble debe ser tu residencia principal. La ganancia de capital no debe superar 700,000 UDIs (unidades de inversión indexadas a la inflación; aproximadamente 5.4 millones de pesos en 2025, aunque debes confirmar el valor actual de la UDI en sat.gob.mx). No debes haber utilizado la misma exención en los tres ejercicios fiscales anteriores. Y la venta debe formalizarse ante un notario público. Para solicitarla, lleva tu credencial de elector del INE y recibos de servicios a tu nombre que muestren el mismo domicilio. El notario no aplicará la exención de forma automática; debes presentar esos documentos en el cierre. Si no calificas, el notario retiene el ISR de forma provisional y tú lo reconcilias con el SAT en tu declaración anual.

¿Qué es un avalúo y realmente necesito uno?

Un avalúo es una valuación oficial del inmueble emitida por un perito valuador, un valuador certificado por el municipio o la autoridad local del predial (catastro). Se requiere para el proceso de escrituración: el notario usa el valor del avalúo junto con el precio acordado y el valor catastral para calcular el ISAI y el ISR. Si un comprador obtiene un crédito hipotecario, el banco también exigirá su propio avalúo de un valuador autorizado de su lista, que el comprador encarga por separado. Como vendedor, encarga tu propio avalúo antes de publicar para evitar sorpresas en el cierre. El costo varía según el tamaño del inmueble y la ciudad; presupuesta algunos miles de pesos. El documento tiene vigencia general de unos seis meses, así que prográmalo en consecuencia.

¿Qué es un certificado de libertad de gravamen y cómo lo obtengo?

El certificado de libertad de gravamen es un documento oficial emitido por el Registro Público de la Propiedad de tu estado que confirma que el inmueble no tiene hipotecas, gravámenes ni cargas legales activas inscritas en su contra. Es una de las primeras cosas que solicitará el notario y cualquier comprador serio. Lo tramitas en la oficina del registro estatal de manera presencial o, en muchos estados, en línea a través del portal del gobierno estatal. El costo suele ser de algunos cientos de pesos y el tiempo de entrega es de uno a cinco días hábiles según el estado. Ten en cuenta que el certificado refleja el registro a la fecha de su expedición, así que obtén uno reciente cerca del momento en que designes al notario, no con meses de anticipación.

¿Qué es un contrato privado de compraventa y debo usarlo?

Un contrato privado de compraventa es un acuerdo privado de compraventa firmado entre tú y el comprador antes de acudir al notario. Registra el precio de venta acordado, el monto del depósito (típicamente el 10% del precio), cualquier condición como estar sujeto a la aprobación de un crédito hipotecario, el plazo de cierre y las penalizaciones si alguna de las partes se retracta. No es la escritura formal y no transmite la propiedad, pero genera obligaciones contractuales vinculantes. Si el comprador se retira sin causa, normalmente conservas el depósito. Si tú te retiras sin causa, normalmente devuelves el doble del depósito. PROFECO advierte que, como agencia federal de protección al consumidor, no puede mediar disputas entre particulares por incumplimiento o falta de pago, lo cual requeriría un abogado y una demanda judicial, así que no firmes ningún documento sin antes pedir consejo a tu notario, y pídele que te asesore sobre los términos estándar en tu estado.

¿Necesito un certificado de eficiencia energética para vender en México?

No. México no exige actualmente un certificado de desempeño energético para la venta de inmuebles residenciales. Los documentos que debes tener listos son tu escritura pública, el certificado de libertad de gravamen, los recibos del predial (impuesto predial) de al menos los últimos cinco años, la comprobación de servicios pagados y el avalúo oficial. Algunos compradores en mercados premium o con enfoque ecológico pueden preguntar sobre la eficiencia energética como parte de su debida diligencia, pero no es un requisito legal para el cierre.

¿Cuánto tiempo toma el proceso completo de venta en México?

De la oferta aceptada a la escritura inscrita, presupuesta aproximadamente de cuatro a ocho semanas si no hay complicaciones. Los principales cuellos de botella son el avalúo (de una a dos semanas para encargarlo y recibirlo), la debida diligencia del notario y la preparación de la escritura (de dos a cuatro semanas según la carga de trabajo de la notaría y la rapidez con que entregues los documentos), y la inscripción posterior a la firma en el Registro Público de la Propiedad (de una a cuatro semanas según el estado). Si el comprador se financia a través de un banco, suma otras cuatro a seis semanas para el proceso de aprobación del crédito, que debe completarse antes de firmar la escritura. Antes de eso, el tiempo en el mercado según datos de Propiedades.com para la CDMX va de unos dos meses en las zonas más rápidas a considerablemente más en otras. Tener en orden el certificado de libertad de gravamen y los recibos del predial antes de publicar reduce los retrasos de forma significativa.

¿Cuánto puedo ahorrar realmente vendiendo en trato directo en lugar de usar una inmobiliaria?

Las comisiones de los agentes en México no están reguladas por ley y suelen ir del 3% al 7% del precio de venta, con frecuencia cotizadas como una base más el IVA del 16%. En una vivienda cercana al valor mediano nacional de alrededor de 1.2 millones de pesos, una comisión del 5% más IVA es de aproximadamente 70,000 pesos; en una vivienda de 3 millones de pesos puede superar los 170,000 pesos. Vender por tu cuenta significa que asumes la fijación del precio, las fotos, las publicaciones y las visitas, pero la comisión es el costo que eliminas. El notario, el avalúo, el certificado y los costos de registro siguen aplicando a cualquier venta.

¿Cómo evito pagar comisión alguna al vender mi casa en México?

Prescindir del agente es lo que elimina la comisión: con el habitual 3% al 7% más IVA al 16%, incluso una tarifa del 4% sobre una vivienda en el promedio nacional de la SHF de 2025, de alrededor de 1.86 millones de pesos, asciende a aproximadamente 86,000 pesos una vez sumado el impuesto. Los cargos del notario, del avalúo y del registro permanecen en toda venta porque la ley mexicana encauza cada transmisión a través de la escritura pública, así que esos son los únicos gastos de cierre de los que un vendedor en trato directo no puede deshacerse. En cuanto a dónde publicar, la página para vendedores de Anyone.com indica que un anuncio puede estar activo en cuestión de minutos y que el vendedor no debe nada a la plataforma en ninguna etapa: publicar no tiene tarifa y Anyone en sí no cobra ninguna comisión. Dos puntos le dan un peso particular en México: los anuncios de propietarios en los grandes portales nacionales pueden quedar por debajo de los espacios pagados de agentes a menos que se compre una promoción de visibilidad, mientras que en Anyone no se paga a la plataforma ninguna tarifa de ningún tipo, y sus compradores con identidad verificada y distintivos de oferta verificada responden al temor del comprador falso que acompaña a la venta en trato directo. Su bolsa de compradores también se extiende por los 29 países que cubre, lo que resulta relevante en la costa y en las grandes ciudades donde los compradores extranjeros son comunes. Inmuebles24, Propiedades.com, Lamudi y Mercado Libre Inmuebles también aceptan anuncios gratuitos de propietarios, con Mercado Libre como una vía familiar sin intermediarios, y dado que Anyone no publica cifras de visitantes para México, combinarlo con uno de esos portales nacionales cubre los casos donde más importa el alcance local.

¿Tanto compradores como vendedores en México tienen una forma gratuita de encontrar un agente?

Sí. En México el dinero está en la comisión misma, del 3% al 7% del precio de venta más IVA al 16% una vez que se contrata a un agente inmobiliario, mientras que la búsqueda de uno no tiene por qué costar nada. A través de anyone.com/find-agent, tanto compradores como vendedores son emparejados con un agente local sin costo; la empresa sitúa su red en 4.6 millones de agentes según su propio conteo, y el emparejamiento pondera la ubicación, el rango de precio y el tamaño y tipo del inmueble. Nuestro panorama en /countries/mexico/find-an-agent expone las vías profesionales locales en México, desde las agencias hasta el notario público por el que toda transmisión debe pasar de todos modos. Dado que los costos del notario y de la escrituración son idénticos tanto si vendes en trato directo como con representación, la verdadera pregunta es si el trabajo de fijación de precio, promoción y negociación que asume un agente vale esa comisión en tu situación.

¿Qué valor oficial usará el notario para calcular mis impuestos?

El notario calcula el ISAI y el ISR sobre la cifra más alta de tres: el precio de venta acordado, el valor catastral (catastro) y el avalúo de un perito valuador certificado. Por eso un precio de venta muy alejado del avalúo o del valor catastral puede cambiar tu factura fiscal. Encarga tu propio avalúo antes de publicar (vigente unos seis meses) para que no haya sorpresas, y recuerda que el banco de un comprador con financiamiento ordenará su propio avalúo por separado.

¿Puede un propietario extranjero vender directamente, e importa la zona restringida?

Sí, un propietario extranjero puede vender sin agente, pero la propiedad dentro de la zona restringida (dentro de 100 km de una frontera o 50 km de la costa) típicamente se mantiene mediante un fideicomiso bancario. En ese caso la venta también requiere coordinar con el banco fiduciario para ceder o extinguir el fideicomiso, lo que añade comisiones bancarias y tiempo adicional al proceso notarial. Comunica a tu notario desde el principio si tu título está amparado en un fideicomiso para que pueda planificar los trámites. Para la promoción, publicar en Inmuebles24, Propiedades.com, Lamudi o Mercado Libre Inmuebles te da visibilidad en el mercado local.

Fuentes utilizadas en esta página

Cada afirmación legal, fiscal y de proceso en esta página tiene respaldo en una de estas fuentes. Las revisamos periódicamente y actualizamos la fecha de la página cuando algo cambia.

  1. Tus derechos en materia de inmueblesPROFECO - Procuraduría Federal del Consumidor (gob.mx) · gob.mx
  2. Régimen de Enajenación o Adquisición de Bienes (ISR en ventas de inmuebles)SAT - Servicio de Administración Tributaria · sat.gob.mx
  3. Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) - referencia de trámites federalesGobierno de México (gob.mx) · gob.mx
  4. Registro Público de la Propiedad Federal - panorama generalINDAABIN - Gobierno de México (gob.mx) · gob.mx
  5. Índice SHF de Precios de la Vivienda en México, Cuarto Trimestre de 2025 (valor promedio y mediano nacional de la vivienda, apreciación anual, división entre usada y nueva, tasa hipotecaria)Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), gob.mx · gob.mx
  6. Índice SHF de Precios de la Vivienda en México, Segundo Trimestre de 2025 (valores promedio y mediano corroborantes)Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), gob.mx · gob.mx
  7. Cómo vender tu casa o departamento (guía de venta por el propietario: documentos, función del notario, límites de la protección al consumidor)PROFECO - Procuraduría Federal del Consumidor, gob.mx · gob.mx
  8. ¿Cuánto tiempo toma vender una vivienda en CDMX? (tiempo en el mercado por zona, datos de Propiedades.com)Inmobiliare · inmobiliare.com
  9. ISAI - Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (tarifa progresiva de la Ciudad de México y reforma al código fiscal de 2025)Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México (OVICA / Finanzas CDMX) · ovica.finanzas.cdmx.gob.mx
  10. Los portales inmobiliarios más visitados en México (ranking de tráfico de portales: Inmuebles24, Propiedades.com, Lamudi)Inmowa Bienes Raíces · bienesraices.inmowa.com

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